SEGURIDAD EC
Fuente: Informe Analítico. Quito Enero, 2017.
Informe Analítico – 10RC – LA DECADA GANADA – 13-01-2017.pdf. (pag 48-55)
CAUSAS PRINCIPALES PARA LA ACTUAL INSEGURIDAD- Falta de visión de la política pública en seguridad integral y su cadena de valor.
- Destrucción de la institucionalidad.
- Reducida asignación y ejecución presupuestaria para el sector seguridad.
- Adopción de medidas económicas en perjuicio de las mayorías.
- Politización y persecución a través de los organismos de control.
- Eliminaron los niveles de coordinación con las otras funciones del Estado que están inmersas directamente en los procesos de seguridad con visión integral.
- Inestabilidad en el mando civil de las Fuerzas Públicas.
Fuente: SENPLADES (2017). “INFORME A LA NACIÓN 2007-2017”.
https://www.planificacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2 017/04/Informe-a-la-Nacion.pdf
- Que se realice en actos de servicio o como consecuencia del mismo;
- Que, para el cumplimiento de su misión constitucional, dentro de su procedimiento profesional, observe el uso progresivo, proporcional y racional de la fuerza; y,
- Que exista amenaza o riesgo inminente a la vida de terceros o a la suya propia o para proteger un bien jurídico.
- Este Organismo Constitucional reconoce que frente a alteraciones al orden público, en diversos escenarios, el Estado como titular del monopolio de la fuerza -en su tarea de garantizar la protección de las personas- puede recurrir al uso progresivo de la fuerza de forma excepcional. En este sentido, en el dictamen No. 5-19-EE/19 la Corte puntualizó que “tanto las Fuerzas Armadas como la Policía Nacional son las únicas entidades que pueden ejercer la fuerza de manera legítima” 21. Es así que, vale referirse a los principios que constituyen un límite objetivo para el ejercicio del uso progresivo de la fuerza desarrollados en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos que forman el bloque de constitucionalidad:
- El Comité Internacional de la Cruz Roja ha establecido que el uso de la fuerza se entiende como “cualquier restricción física que se impone a una persona, desde la restricción ejercida con la mano o con un dispositivo de sujeción, hasta el uso de armas de fuego u otras armas. Sólo se puede emplear la fuerza cuando los otros medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto. Ésta es una consideración importante a la hora de recurrir a la fuerza letal o potencialmente letal, a fin de respetar el derecho a la vida”.
- Además, siempre que el uso progresivo de la fuerza es materializado en un caso en específico debe estar limitado por cuatro principios:
- En esta línea, esta Corte, aplicando la jurisprudencia de la Corte IDH25, ya ha establecido que el uso de la fuerza “podrá ejercerse al no existir otro medio alternativo para lograr el objetivo buscado, con el propósito de garantizar la defensa propia o de otras personas, así como para salvaguardar el orden público, la protección del libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas. Asimismo, los métodos empleados deberán circunscribirse a neutralizar y de ser posible reducir el nivel de amenaza y resistencia de una o más personas”.
- En virtud de estas consideraciones, esta Corte estima necesario precisar que el uso progresivo de la fuerza es la respuesta excepcional, de última ratio, que pueden dar los agentes de la Policía Nacional y complementariamente los de las FF.AA. frente a la inexistencia o falta de disponibilidad de otros medios para tutelar la vida, integridad de su persona o de terceros, para lo cual pueden activar mecanismos graduales de fuerza con el único fin de frenar y contrarrestar estas conductas, teniendo como límites a la legalidad, proporcionalidad, absoluta necesidad y humanidad.”
- Legalidad (utilizar la fuerza para lograr un objetivo legítimo y establecido en la ley);
- Absoluta necesidad (determina que la fuerza debe utilizarse cuando no exista otra forma de preservar la vida, la integridad o situación que requiera de protección);
- Proporcionalidad (es la aplicación de la fuerza de acuerdo a la resistencia ofrecida o peligro inminente, justamente evitando su mal uso); y
- Humanidad (identificando a personas o situaciones que pongan en inminente riesgo la vida de otras personas, siendo estos en los cuales se debe aplicar la fuerza).
- Que se realice en actos de servicio o como consecuencia del mismo;
- Que, para el cumplimiento de su misión constitucional, dentro de su procedimiento profesional, observe el uso progresivo, proporcional y racional de la fuerza; y,
- Que exista amenaza o riesgo inminente a la vida de terceros o a la suya propia o para proteger un bien jurídico.
- (RT EN ESPAÑOL). Ecuador aumenta los efectivos policiales y militares en Guayaquil ante la ola de criminalidad: ¿a qué atribuye el Gobierno la inseguridad?
- (EL PAÍS.) Ecuador, el país donde las balas no distinguen barrios ni horarios.
- (TeleSURtv). Ecuador suma 180 crímenes violentos en lo que va de 2022.
- (El PAÍS). Masacres carcelarias y 2.330 asesinatos en el año más sangriento de la década en Ecuador.
- La transformación de la Justicia
- (Confirmado.net). ¿Quién asume la responsabilidad por las masacres en la cárceles del Ecuador?
- (El Comercio). Inseguridad ciudadana.
- (La Hora). Más países mantienen alertas de seguridad para viajar a Ecuador.
- (El Comercio). En los primeros días del año el país ya acumula 30 muertes violentas.
- (Crónica). Políticas de seguridad integral.
- (Ecuavisa). Autoridades no definen medidas concretas para combatir inseguridad en el Cerro Santa Ana.
CONCLUSIONES
¡ESTÁBAMOS MEJOR, TODOS LO SABEMOS!
El no encontrar en las filas de la oposición un líder ético, moral, capaz de asumir con responsabilidad y con CAPACIDAD la presidencia de la república, se ha convertido en el mayor detrimento para todo el Ecuador.
Moreno, un líder que llegó a la presidencia como alfil de la Revolución Ciudadana, misma a la que traicionó casi al tiempo de llegar a Carondelet, al punto en el que inmediatamente inició una persecución sin cuartel a todo lo que olía a Correa, rodeado de mediocridad odiadora envueltos todos en una desesperación totalmente patológica, olvidaron en su afán, que debían gobernar, que el país requería atención y continuar con un solo objetivo, el bien común.
Un odio enfermo ante lo que en capacidad y gracia jamás podrían ser. Cogobernó con Moreno, quien siendo banquero, ante medios hablaba sobre su estrecha comunicación con María Paula Romo, Guillermo Lasso, sí, el hoy Presidente de la República, el mismo nombre que, de la mano de Jamil Mahuad en 1999, protagonizó uno de los capítulos más oscuros de nuestro país. Un hombre que se enriqueció a un nivel sórdido a costa de la compra y venta de los ahorros de ecuatorianos, y lo hizo sonriendo. ¿Cómo pensó el Ecuador que un hombre de esta naturaleza, hecho de este material, gobernaría para Ecuador y daría un futuro a quienes no tienen ninguno?
Los resultados son los obvios, no hay cambio, el hoy presidente mantiene la persecución, sin idea del significado de gobernar, sin entender que el país requiere trabajo, planificación, sacrificio personal por el bien de los más necesitados, ¡esto es lo que sucede cuando se ganan presidencias por CAPRICHO!
El Ecuador ya vivió, del 2007 al 2017 un proceso sistemático para mejorar la seguridad ciudadana y la convivencia social pacífica, es imperioso que se adopten medidas para recobrar la paz.
Estábamos mejor hasta mayo de 2017 y ¡todos lo sabemos!